
En la pág oficial de infracciones; https://infraccionesba.gba.gob.ar , podemos encontrar toda la información necesaria de la provincia de Buenos Aires para saber como proceder en caso de tener alguna multa en el juzgado de faltas.
Cabe señalar que en Bragado hace mas de 280 días que no hay juez de faltas, por lo que las cosas se dificultan en el tiempo y hay que armarse de paciencia.
Podes resolver tus infracciones de tránsito de manera presencial, en sedes comunales o en sede central con turno previo.Si tenés infracciones dentro del periodo de Pago Voluntario (40 días desde que fuiste notificado), podés abonar el total con un 50% de descuento. Recordá que, al realizar un descargo con un controlador, se pierde el descuento del 50% del Pago Voluntario.
En la pág de la municipalidad de Bragado se asegura que ; El Juzgado Municipal de Faltas es un órgano que se encarga de juzgar todas las faltas o contravenciones que se cometen en contra de las normas que rigen en la ciudad, pueden ser Ordenanzas Municipales, Decretos del Poder Ejecutivo y también Leyes Nacionales y/o Provinciales que se apliquen en la localidad, como se el caso de la Ley Nacional de Tránsito N° 24449.
Cometida la infracción y constatada la misma por los inspectores municipales y/o personal policial, el presunto infractor puede ejercer su derecho de defensa y ofrecer las pruebas que estén a su alcance, en el plazo que prevea la notificación formal, pudiendo siempre indicar un e-mail que resulte válido como domicilio electrónico.
Las sanciones se aplican teniendo en cuenta la gravedad, reiteración y condición de la persona imputada, teniendo por fin la reducción del número de contravenciones en función de una mayor conciencia colectiva en favor del bien común.
Es importante destacar que en el sitio oficial de la municipalidad se puede descargar el código de faltas, pero a simple vista no encontramos los valores determinados, ni los montos de las multas que se deben pagar en los distintos casos.
Es muy importante que las personas sepan que solamente se deben pagar documentos oficiales con el sellado correspondiente y la firma de las autoridades competentes; esto último es de suma importancia, y ante la duda, deberan esclarecer quién es el responsable que firma las distintas notificaciones, etc. Sabemos claramente que a pesar de no poseer titúlo de abogado, primeramente el intendente deberá ocupar el lugar de firmante, o al menos asi informaron que estan actuando de facto, como puede ser asi mismo, el propio sec. de gobierno Jose Luis Quarleri. Recordemos que quién siempre informa en los distintos medios, sobre las situaciones de tránsito es el director de apellido Busto.
No se deben pagar las multas, en las cuáles no está claro la persona que la firma, o el nombre que se presume la autoridad no es verosimiíl o creíble.
En caso de dudas consulte a su abogado de confianza.